Ventajas fiscales por colaborar con la Fundación Éxodus
Tanto si eres persona física como persona jurídica, tus donaciones a la Fundación Éxodus pueden desgravarse en la declaración de la renta o en el impuesto de sociedades. Nuestra entidad está acogida a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos al mecenazgo. Además, el Real Decreto-Ley 6/2023 ha mejorado las deducciones por donaciones a ONG, por lo que ahora colaborar tiene aún más ventajas.
Deducciones para personas físicas (IRPF)
El porcentaje que puedes deducir depende de la cantidad y de si colaboras de forma continuada:
Ejemplos prácticos:
Recuerda: Si tu comunidad autónoma tiene deducciones adicionales o regímenes forales propios, el beneficio fiscal puede ser aún mayor.
Deducciones para empresas (Impuesto sobre Sociedades) 40% de deducción general. 50% si la donación es recurrente (tres años o más). Límite: 15% de la base imponible. Si superas el límite, el exceso se puede aplicar en los 10 años siguientes.
Si quieres apoyarnos, envíanos un correo a magda@exodus.ngo.
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